El Partido Popular llevará al Congreso una iniciativa no de ley reclamando un cambio del Reglamento Penitenciario, a fin de evitar que el mecanismo excepcional que contempla el artículo 100.2 de la norma, y que ha permitido la concesión de semilibertad a los etarras Txeroki y Anboto, se convierta en método habitual para la excarcelación de otros condenados por terrorismo. Además, se plantea la necesidad de restringir una interpretación laxa del artículo 86, que regula las salidas del establecimiento penitenciario.
Los populares abogan, para los condenados a cientos de años de cárcel, como es el caso del etarra Garikoitz Aspiazu, alias Txeroki, por un cumplimiento efectivo de al menos 30 años, y sólo a partir de ese límite tener acceso al tercer grado que permite el régimen de semilibertad.
En este sentido proponen modificar el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario que ha permitido a Txeroki acogerse a un régimen de semilibertad distinto al contemplado en el tercer grado y en virtud del cual goza de un estatus individualizado por el cual puede salir de prisión desde las ocho de la mañana hasta las nueve de la noche de lunes a viernes. Anboto también saldrá de prisión de lunes a viernes.
En el caso de Txeroki, el beneficio ha sido concedido por la Junta de Tratamiento de la prisión de Martutene, que ha tenido en cuenta su participación en programas de voluntariado y en talleres de «justicia restaurativa» del Gobierno vasco. La Junta, además, lo considera necesario para su reinserción.
La decisión puede ser revocada por el juez de vigilancia penitenciaria pero, en principio, se ajusta a lo establecido en el Reglamento. Modificarlo es lo que plantea el PP, a fin de evitar que esta vía extraordinaria de beneficios se convierta en norma habitual y acabe desvirtuando el cumplimiento de las condenas. Los populares dan este paso después de que la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) denunciara la concesión por parte del Gobierno vasco de un «tercer grado encubierto» a quien fue jefe militar de ETA. Una decisión, además, que las víctimas no tienen la posibilidad de recurrir.
En su proposición, el PP hace referencia también a la «interpretación más favorable posible» del artículo 86 de la que se están beneficiando los presos de ETA clasificados en tercer grado. Ese artículo regula las salidas de la cárcel a las que tienen derecho, y establece que el tiempo mínimo de permanencia en prisión es de ocho horas al día, debiendo, además, pernoctar en ella; no obstante, permite que la obligación de pasar parte del día en la cárcel puede evitarse si el interno acepta que se le coloque una pulsera de control telemático.
El PP se remite a informaciones de prensa para señalar que «cerca de 60 etarras ni tan siquiera pasan la noche en prisión y están en sus casas con uno de esos dispositivos». Y concluye: «Esta interpretación de la regulación penitenciaria burla por la vía de la ejecución de la condena la regla de cumplimiento efectivo de las penas impuestas por los tribunales por la comisión de delitos de terrorismo».
