El abogado general de la Unión Europea ofreció ayer al Tribunal de Justicia de la UE una interpretación de la Ley de Amnistía compatible con la normativa comunitaria y que allana el regreso a España de Carles Puigdemont sin riesgos penales. El ex president está pendiente de que el Tribunal Constitucional resuelva su recurso contra la negativa del Supremo a amnistiar el delito de malversación por el que fue procesado.
El luxemburgués Dean Spielmann estima que la ley española no choca con los intereses financieros de la Unión ni con su directiva contra el terrorismo. Ni, sobre todo, se trata de una «autoamnistía», una interpretación sostenida por la Comisión Europea que se llevaría por delante la ley si fuera acogida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
Las conclusiones del abogado general no vinculan al TJUE, pero son un elemento de peso en la redacción de la sentencia. No hay fecha prevista para la resolución de la Gran Sala.
En una entrevista a este diario, el presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, se refirió al trámite ocurrido ayer. «La decisión del abogado general nos será muy útil tenerla en cuenta», afirmó. El TC tiene previsto resolver el amparo del ex president en el primer cuatrimestre.
Los dos informes de conclusiones conocidos ayer responden a sendas cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal de Cuentas y la Audiencia Nacional, que dudaron de que el archivo de los procedimientos que tenían en marcha fuera compatible con las normas de la UE. En la vista del pasado julio en Luxemburgo, Sociedad Civil Catalana (SCC) se opuso a amnistiar a 35 ex altos cargos de la Generalitat encausados por malversar fondos públicos para el 1-O y Diplocat, alegando que chocaba con «los intereses financieros de la UE». Y la Asociación Catalana de Víctimas de Organizaciones Terroristas (Acvot) pidió seguir con el juicio a 12 miembros de los CDR acusados de terrorismo.
En contra se posicionaron los encausados, representados en algún caso por el abogado habitual de Puigdemont, Gonzalo Boye. «De la mano» -la expresión fue del letrado en esa vista- fueron la Abogacía del Estado y la Fiscalía. Fuentes del Ministerio Público mostraban ayer su satisfacción por la postura del abogado general. Resaltaron que solo había encontrado objeciones de procedimiento que ya se abordaron y resolvieron por el Tribunal Constitucional en su sentencia sobre la Ley de Amnistía. Otras fuentes jurídicas atribuyen mayor calado a los reparos expuesto por el abogado del TJUE tras la luz verde general dada a la norma. Consideran que sí dan margen para impedir o entorpecer la aplicación de la amnistía.
El abogado general se opone al plazo máximo de dos meses que se da a jueces y tribunales para aplicar la ley, al levantamiento automático de las medidas cautelares que se hayan impuesto y a que únicamente se consulte a la Fiscalía y a los afectados directos, y no al resto de las partes.
En respuesta a la cuestión prejudicial del Tribunal de Cuentas, el abogado general sostiene que «la protección de los intereses financieros de la Unión no se opone a la extinción de la responsabilidad prevista en la Ley Orgánica de Amnistía por los actos determinantes de responsabilidad contable que afecten a los intereses financieros de la Unión, puesto que no existe un vínculo directo entre esos actos y la reducción, actual o potencial, de los ingresos puestos a disposición del presupuesto de la Unión».
El asunto de los fondos europeos es el que afecta a Puigdemont, al menos parcialmente. El Supremo rechazó amnistiar la malversación por la que está procesado porque incluía su caso en una de las excepciones de la propia Ley de Amnistía. Pero también porque su actuación en el procés podría afectar a las finanzas comunitarias, consecuencia de su proyecto de independencia unilateral. Esta interpretación es rechazada por el abogado general, lo que eliminaría, de suscribirse en la sentencia del TJUE, uno de los obstáculos para el regreso limpio del ex president. La otra objeción del Supremo persistiría.
Puigdemont llegó a estar imputado por terrorismo en la causa de Tsunami Democràtic, pero el procedimiento se archivó. Sobre la que siguió adelante contra los CDR, el abogado general afirma que la amnistía «no priva de su eficacia» a la directiva comunitaria sobre la materia y que excluye los delitos más graves.
«Parece haberse aprobado en un contexto real de reconciliación política y social y no constituye una autoamnistía», afirma el escrito d e conclusiones referido a la Audiencia Nacional. La «autoamnistía» fue introducida en el informe de la Comisión Europea sobre la norma, que consideró contrario a la vigencia del Estado de derecho intercambiar apoyo político por impunidad.
«De los autos del asunto no se deduce que las personas que se benefician de la amnistía sean miembros o representantes del Gobierno o del poder legislativo que promovieran la aprobación de la Ley de Amnistía, de modo que no existe un vínculo directo entre el ejercicio del poder político y el beneficio de la medida. Así pues, no cabe sostener, en mi opinión, que la ley suponga una autoamnistía», afirma. Añade que es una ley de unas cortes democráticas, que está sometida a los jueces y que pretende «dar respuesta a una situación excepcional con un objetivo declarado de normalización institucional y reconciliación».
Cuatro cuestiones prejudiciales
DOS REVISADAS EN VISTA. Tanto la Audiencia Nacional como el Tribunal de Cuentas mantienen en suspenso las dos causas sobre las que ayer se pronunció el abogado general. Están a la espera de la decisión final del TJUE, que revisó los dos casos en una vista el pasado 15 de julio. Si el Tribunal de Luxemburgo sigue el criterio del abogado general, deberán aplicar la amnistía a los encausados.
DOS EN LA RECÁMARA. Al TJUE llegaron otras dos cuestiones prejudiciales, a las que se aplicará lo resuelto en las primeras. Una la presentó el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y otra un juzgado de Vilanova i la Geltrú (Barcelona).
